Plazo no verificadoBDNS 935182
Acuerdo de 25/09/2026 del C.R. del ILC, por el que se convocan subvenciones para Salas de Cine 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LEÓN · INSTITUTO LEONES DE CULTURA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 02:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES413 - León
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 14/10/2026
- Publicación en diario oficial
- 16/10/2026
Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOP
Texto oficial de cierre: 20 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
La convocatoria se podrá consultar también en la página web del Instituto Leonés de Cultura: www.institutoleonesdecultura.es/convocatorias/Primero.- BeneficiariosPodrán obtener la condición de beneficiarios de la presente convocatoria los ayuntamientos de municipios con menos de 20.000 habitantes de la provincia de León titulares de salas de cine y las personas físicas o jurídicas titulares de salas cinematográficas abiertas al público en alguno de los referidos municipios, con independencia de la propiedad del local, que reúnan los requisitos establecidos en la Base 3.ª de las BGS, no se encuentren incursos en alguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la LGS, y que cuenten con una programación cinematográfica estable, es decir, con al menos dos proyecciones mensuales (24 anuales).Segundo.- ObjetoEl objeto de las subvenciones será favorecer el mantenimiento de una actividad cinematográfica estable en dichos municipios, garantizando el acceso de la población rural a la cultura audiovisual.Tercero.- Bases reguladoras? Bases Reguladoras aprobadas por Acuerdo del Pleno de la Diputación de León de fecha 27 de febrero de 2008, publicadas en el BOP n.º 45/2008, de 5 de marzo.? Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Diputación el 27 de julio de 2022 (BOP n.º 206 de 27 de octubre de 2022).Cuarto.- CuantíaLa subvención podrá alcanzar hasta el 80 % del gasto subvencionable, con un límite máximo de 5.000 euros por beneficiario. El beneficiario deberá justificar la totalidad del presupuesto presentado para la percepción de la subvención que se conceda.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOP de León.Temporalización El plazo de ejecución de la actividad se extiende desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 15 de noviembre de 2026.Compromisos de los solicitantes? Los beneficiarios de las ayudas deberán hacer mención expresa de la colaboración de la Diputación de León a través del ILC, colocando el acuerdo de concesión de la ayuda en la sala correspondiente, incluyéndola en la publicidad que realicen de las actividades y proyectando el tráiler documental del ILC antes de cada sesión cinematográfica. A tal efecto se aportará fotografía nítida donde se aprecie la inclusión en carteles o cualquier otra publicidad realizada donde conste la colaboración de la Diputación de León-ILC con sus logos en las proporciones establecidas en el manual de imagen corporativa disponible en el apartado de esta convocatoria en la web del ILC.? Los beneficiarios de subvenciones cuyo objeto sea la realización de actividades de concurrencia pública, se comprometen expresamente a asumir, en su caso, la responsabilidad dimanante de los daños que se puedan ocasionar en el transcurso del desarrollo de la actividad, en los términos del art. 6 y concordantes de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León. Criterios de valoración: La subvención se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos y su ponderación (hasta un máximo de 100 puntos):a) Hasta 30 puntos por el número de sesiones cinematográficas en el periodo subvencionado con la siguiente distribución:Más de 100 sesiones 30 puntosDe 51 a 100 sesiones 20 puntosDe 25 a 50 sesiones 10 puntosMenos de 25 sesiones 0 puntosb) Hasta 20 puntos por el número de habitantes del municipio, sede de la entidad solicitante, según cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2025, conforme al detalle siguiente:Municipios con menos de 500 habitantes 20 puntosMunicipios entre 501 y 1.000 habitantes 10 puntosMunicipios entre 1.001 y 20.000 habitantes 5 puntosc) Hasta 15 puntos por programación de cine europeo, español o independiente en el periodo subvencionado:Al menos 10 proyecciones en el periodo 15 puntosEntre 5 y 9 proyecciones en el periodo 10 puntosMenos de 5 proyecciones en el periodo 0 puntosd) Hasta 15 puntos por la realización de actividades complementarias en el periodo subvencionado (cine fórum, clásico, cine escolar, coloquios, festivales, etc.):Al menos 10 actividades 15 puntosEntre 5 y 9 actividades 10 puntosEntre 2 y 4 actividades 5 puntosMenos de 2 actividades 0 puntose) Hasta 10 puntos por la continuidad de la actividad durante el periodo subvencionado:Más de 3 sesiones por semana 10 puntosEntre 1 y 3 sesiones por semana 5 puntosMenos de 1 sesión por semana 0 puntosf) Se otorgarán 10 puntos por la realización durante el periodo subvencionado de alguna acción de accesibilidad e inclusión (sensorial, física, etc.).Forma de justificación: La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se realizará hasta el 15 de diciembre de 2026. La justificación de las subvenciones se efectuará conforme a lo previsto en los apartados quinto y sexto de la OGS y deberán presentar: 1. ANEXO II Solicitud de abono.2. ANEXO III (ayuntamientos) / III BIS (particulares)Memoria económica, acreditativa de todos los gastos ocasionados por la realización de las actividades subvencionadas. 3. MEMORIA de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, firmada por el representante de la entidad, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.4. FACTURAS (solo en el supuesto previsto en la BASE UNDÉCIMA último párrafo)5. ANEXO IV (ayuntamientos) / ANEXO IV BIS (particulares). MEDIDAS DE DIFUSIÓN.- Acreditación mediante fotografía nítida donde se aprecie la inclusión en carteles o cualquier otra publicidad realizada donde conste la colaboración de la Diputación de León-ILC con sus logos en las proporciones establecidas en el manual de imagen corporativa disponible en el apartado de esta convocatoria en la web del ILC. 6. FICHA DE TERCEROS. Cumplimentada, firmada y con el sello de la entidad bancaria correspondiente.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 14/10/2026SOLICITUDPublicado 14/10/2026ANEXO IPublicado 14/10/2026ANEXO IIPublicado 14/10/2026ANEXO VPublicado 14/10/2026ANEXO IIIBISPublicado 14/10/2026ANEXO IVPublicado 14/10/2026ANEXO IVBISPublicado 14/10/2026ANEXO IIIPublicado 14/10/2026EXTRACTO DEL ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL INSTITUTO LEONÉS DE CULTURA DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA CON DESTINO A LA FINANCIACIÓN DE GASTOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DE SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA UBICADAS EN MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE LEÓN, 2026.Publicado 16/10/2026ORD. GNRAL. DE SUBVENCIONES. CONCURRENCIA COMPETITIVA 2022Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.