Plazo no verificadoBDNS 935308
Decreto de CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS GASTOS DERIVADOS DE EJERCER LA OPCIÓN DE COMPRA DE LAS VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA DEL PARQUE MUNICIPAL DE VIVIENDAS DE LA EMPRESA MNPAL SUELO Y VIVIENDA LUCENA, 2026
LOCAL · LUCENA · AYUNTAMIENTO DE LUCENA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 03:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES613 - Córdoba
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 20/10/2026
- Fin de solicitudes
- 30/11/2026
- Registro en BDNS
- 14/10/2026
- Publicación en diario oficial
- 19/10/2026
Texto oficial de apertura: Desde el siguiente a publicación del Extracto de la presente Convocatoria en BOP de Córdoba.
Texto oficial de cierre: 30 de noviembre de 2026.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. ConvocatoriaSe convocan para el ejercicio 2026 subvenciones a gastos derivados de ejercer la opción de compra para las viviendas en régimen de alquiler con opción a compra del parque municipal de viviendas de la Empresa Municipal Suelo y Vivienda de Lucena, S.A. (Suvilusa).Segundo. Créditos PresupuestariosLas obligaciones económicas que deriven en ejecución de la presente Convocatoria se imputarán a cargo de la aplicación presupuestaria 48026 1523 272 del vigente Presupuesto Municipal, siendo la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas para el presente ejercicio de 2.500 euros.Tercero. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.Las ayudas aquí convocadas tienen por objeto financiar el ejercicio del derecho de opción de compra de viviendas que ya se encuentren en régimen de alquiler con opción a compra del parque municipal de viviendas de Suvilusa.Se trata por tanto, de ayudas para los ciudadanos que hayan ejercicio la opción a compra de dichas viviendas dentro del periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026 y que encuentren dificultad para hacer frente a los gastos derivados de la misma como notaría, registro y gestoría.Cuarto.- Requisitos para solicitar la subvención y Forma de acreditarlos.Únicamente podrán acceder a la condición de beneficiarios de las ayudas, las personas físicas que ejerzan la opción de compra de las viviendas en régimen de alquiler con opción de compra del Parque Municipal de Viviendas.Dichos requisitos se acreditarán mediante la aportación de la documentación indicada en el apartado quinto de la convocatoria.Quinto.- Bases Reguladoras.La presente Convocatoria se rige por la Ordenanza General Reguladora de las Bases de concesión de subvenciones de este Ayuntamiento (publicada en el BOP Córdoba nº 147, de 31 de julio de 2025), en adelante, la Ordenanza Municipal, aplicándose para lo no previsto en ellas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Lucena para el ejercicio 2026 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de otras disposiciones que por su naturaleza resulten de aplicación.Sexto.- Criterios de valoración de solicitudes y cuantía a conceder.Las ayudas serán concedidas a los solicitantes que cumplan con los requisitos, en estricto orden de presentación de las solicitudes hasta agotar el crédito presupuestario disponible, según las siguientes cuantías:1.- Para aquellas personas que tuviesen concedida por parte del Ayuntamiento de Lucena subvenciones de la convocatoria de ayudas al alquiler de viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra 2026, el importe a conceder será el equivalente al porcentaje de subvención que le haya correspondido para el alquiler en aplicación de la mencionada convocatoria sobre los gastos soportados, con un mínimo de 350 € y sin que supere en ningún caso, el total de los gastos subvencionables. Los importes concedidos para la ayuda al alquiler toman así como referencia la situación de vulnerabilidad de las familias valorada previamente.2.- Para aquellas personas que no tuviesen concedida por parte del Ayuntamiento de Lucena subvenciones de la convocatoria de ayudas al alquiler de viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra 2026, la subvención ascenderá a 350 €.En caso de que se requiriera la subsanación de la solicitud inicial, el orden del registro de entrada atenderá a la fecha en la que se atienda correctamente dicha subsanación.Séptimo.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se abrirá al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y permanecerá abierto hasta el 30 de noviembre de 2026.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 14/10/2026Extracto de la Resolución de la Alcaldía de Lucena de fecha 14 de octubre de 2026, por la que se convocan subvenciones a Gastos derivados de ejercer la opción de compra para las viviendas en régimen de alquiler con opción a compra del parque municipal de viviendas de la Empresa Municipal de la Vivienda Suelo y Vivienda de Lucena, S.A. (SUVILUSA), Ejercicio 2026.Publicado 19/10/2026TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LAS BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA (CÓRDOBA)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.